El ex ministro de Transporte e Infraestructura (MTI), Pedro Solórzano, violentó el artículo 27 de la Constitución Política al emitir el Acuerdo Ministerial 26-2004, ya que prácticamente discriminó a la mayoría de abogados de esa institución, para favorecer a un grupo de seis asesores legales supuestamente incondicionales a éste.
El magistrado de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, Francisco Rosales, opinó que este acuerdo ministerial de Solórzano violenta el principio de igualdad establecido en el artículo 27 de la Constitución Política.
“Si los abogados marginados por ese acuerdo ministerial hubieran interpuesto un recurso de amparo en contra de éste, seguro que hubiera prosperado, porque la medida es discriminatoria y además es arbitraria”, comentó el magistrado Rosales.
LA PRENSA reveló ayer que el actual secretario de Asuntos Políticos de la Presidencia, durante su gestión al frente del MTI, “premió” a seis abogados de esa institución estableciendo por medio de este decreto una serie de restricciones para los demás abogados de esa cartera del Estado, permitiéndoles cobrar diez mil córdobas por cada contrato que elaboraran, aparte del salario que ya devengaban en el Ministerio. Se logró establecer que este grupo de abogados por lo menos elaboró 28 contratos en poco menos de un año.
LA PRENSA contactó al actual encargado de Relaciones Públicas del MTI, Gilbert Andino, para contactar a los abogados que supuestamente fueron beneficiados por medio del acuerdo presidencial de Solórzano, pero éste simplemente dijo que no podía ayudarnos y que lo llamáramos mañana (hoy).
Pese a la respuesta de Andino, logramos contactar vía telefónica al abogado Israel Moraga, quien actualmente es el director interino del Departamento Legal y supuestamente uno de los beneficiados con el acuerdo ministerial.
“Yo he elaborado contratos para el Ministerio, tengo diez años de estar trabajando acá, pero no puedo decirte más nada. No voy a dar más comentarios. Cualquier consulta solicítala con el Departamento de Relaciones Públicas”, dijo escuetamente.
LAS RESTRICCIONES
Las restricciones establecidas en el acuerdo ministerial aprobado por Solórzano eran que los únicos que podían tener acceso a ese cobro de diez mil córdobas por elaboración de contratos en el MTI eran aquellos con al menos cuatro años de haber sido autorizados para el ejercicio profesional de abogados y notarios públicos por la Corte Suprema de Justicia.
Además, haberse desempeñado como asesor legal en las direcciones sustantivas de ese Ministerio por un período mínimo de 40 meses consecutivos ininterrumpidos, y estar al día en el informe anual de sus protocolos tanto ante la Corte Suprema de Justicia como el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, referidos a las contrataciones celebradas por el MTI.